Diciembre 15, 2025

Tarahumaras podrán elegir libremente a sus representantes: TEE

Diciembre 12, 2025 10

Regional.-  Con la nueva disposicion oficial del Tribunal Estatal Electoral,  los pueblos raramuris al igual que otros pueblos indigenas podran elegir libremente a sus representantes, trascendiio el dia de hoy.

Durante la sesión pública 59, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE), en cumplimiento a sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió por unanimidad de votos que el Congreso del Estado, coadyuvado por el Instituto Estatal Electoral, debe armonizar la Constitución Local para que los pueblos indígenas puedan elegir a sus representantes en el Ayuntamiento a través de sus usos y costumbres, esto quiere decir que se reconoció su derecho de autonomía y libre determinación en una acción declarativa de derechos histórica.

Las demandas que dieron origen a los juicios de la ciudadanía de clave 69, 70, 71, 72, 73, 74 y 75 todos del año 2023, fueron presentadas por ciudadanos que se autoadscriben como personas pertenecientes a los pueblos indígenas Rarámuri, N´dee/N´nee/Ndé, Chinanteco, Purépecha y Mixteco.

En dichas demandas señalaban como autoridad responsable al Congreso del Estado, ya que a su consideración han sido omisos en legislar y reglamentar, dentro del ámbito de sus competencias, el derecho de los pueblos indígenas para elegir a sus representantes en los Ayuntamientos y en el Congreso del Estado a través de sus sistemas normativos internos, es decir, sin la intervención de los partidos políticos en su postulación, señalando que lo anterior vulnera lo dispuesto por la Constitución Federal en su artículo 2. 

Las magistraturas del TEE, Hugo Molina Martínez, Roxana García Moreno y Adela Alicia Jiménez Carrasco, resolvieron en que se reconozca a las comunidades promoventes, el derecho a elegir a través de sus sistemas normativos internos a sus representantes en el Ayuntamiento respectivo, por lo que se ordena al Congreso del Estado que, coadyuvado por el Instituto Estatal Electoral, emita la legislación correspondiente, previendo los procedimientos, parámetros y requisitos que considere pertinentes para que los derechos político-electorales puedan hacerse efectivos en el Estado, todo esto previo a que se efectué la consulta previa, libre e informada correspondiente. 

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Para llevar a cabo esta sentencia, las magistraturas y funcionarios del Tribunal, se trasladaron al municipio de Ciudad Juárez, donde habitan los ciudadanos de los pueblos indígenas referidos -que acudieron a promover los juicios de la ciudadanía- para escuchar de primera instancia la forma en la que eligen a sus gobernantes, realizar trabajo de campo y conocer de sus usos y costumbres. 

 

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